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En 1858, una Comisión Real presidida por el duque de Newcastle investigó el aumento del gasto público en educación. El informe de Newcastle, publicado en 1861, recomendó que se continuara con el dinero público para la educación, pero sugirió que dicho apoyo debería depender de un sistema de "pago por resultados".
Lowe aceptó los puntos principales de la Comisión de Newcastle y en 1862 anunció un Código de Educación Revisado. En el futuro, las escuelas podrían reclamar 4 chelines al año por cada alumno con un registro de asistencia satisfactorio. Se pagaron 8 chelines adicionales si el alumno pasaba los exámenes de lectura, escritura y aritmética. Lowe señaló que este sistema ayudaría a proteger el dinero público que se gasta en educación. Como dijo en la Cámara de los Comunes: "Si no es barato, será eficiente, si no es eficiente, será barato".
Cada año, los inspectores de Su Majestad (HMI) visitaban cada escuela para evaluar a los alumnos en lectura, escritura y aritmética. Los maestros, cuyos salarios normalmente dependían del tamaño de la subvención, se vieron tentados a cambiar su enfoque de la educación. En muchas escuelas, los maestros se concentraron exclusivamente en preparar a los niños para la visita anual del HMI. Este sistema de pago de subvenciones en función del desempeño continuó hasta 1897.
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- Título 1. Disposiciones generales
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- Título 3. Tribunales de distrito - Tribunales de jurisdicción limitada
- Título 4. Procedimiento civil
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- Título 32. Ley de Bancos de Ahorros de Washington
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- Título 34. Derecho administrativo
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- Título 35A. Código Municipal Opcional
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- Título 39. Contratos públicos y endeudamiento
- Título 40. Documentos, registros y publicaciones públicos
- Título 41. Empleo público, servicio civil y pensiones
- Título 42. Agencias y funcionarios públicos
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- Título 49. Normativa laboral
- Título 50. Compensación por desempleo
- Título 50A. Licencia familiar y médica
- Título 51. Seguro industrial
- Título 52. Distritos de protección contra incendios
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- Título 58. Límites y planos
- Título 59. Propietario e inquilino
- Título 60. Gravámenes
- Título 61. Hipotecas, escrituras de fideicomiso y contratos inmobiliarios
- Título 62A. Codigo comercial Uniforme
- Título 63. Propiedad personal
- Título 64. Bienes inmuebles y traspasos
- Título 65. Grabación, registro y publicación legal
- Título 66. Control de bebidas alcohólicas
- Título 67. Deportes y recreación - Instalaciones para convenciones
- Título 68. Cementerios, morgue y restos humanos
- Título 69. Alimentos, medicamentos, cosméticos y venenos
- Título 70. Salud y seguridad públicas
- Título 71. Enfermedad mental
- Título 71A. Discapacidades del desarrollo
- Título 72. Instituciones estatales
- Título 73. Veteranos y Asuntos de Veteranos
- Título 74. Asistencia pública
- Título 76. Bosques y productos forestales
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- Título 78. Minas, minerales y petróleo
- Título 79. Tierras Públicas
- Título 79A. Tierras recreativas públicas
- Título 80. Servicios públicos
- Título 81. Transporte
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- Título 87. Riego
- Título 88. Mejoras en la navegación y el puerto
- Título 89. Recuperación, conservación de suelos y asentamiento de tierras
- Título 90. Derechos de agua - Medio ambiente
- Título 91. Vías navegables
Los códigos FindLaw se proporcionan por cortesía de Thomson Reuters Westlaw, el sistema de investigación legal en línea líder en la industria. Para obtener información más detallada sobre la investigación de códigos, incluidas las anotaciones y citas, visite Westlaw.
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Código revisado de Ohio
- Constitución del Estado de Ohio
- Disposiciones anteriores de la Constitución del estado de Ohio, 1851
- Constitución de Ohio, 1802
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- Título I.Gobierno del Estado
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- Título V. Municipios
- Título VII. Corporaciones Municipales
- Título IX. Cercas de animales de agricultura
- Título XI. Bancos Asociaciones de Ahorros y Préstamos
- Título XIII. Transacciones comerciales
- Título XV. Conservación de los recursos naturales
- Título XVII. Asociaciones corporativas
- Título XIX. Tribunales Municipal Mayor & # 39s County
- Título XXI. Tribunales testamentarios juveniles
- Título XXIII. Alegatos comunes de los tribunales
- Título XXV. Tribunales de apelación
- Título XXVII. Tribunales Disposiciones generales Recursos especiales
- Título XXIX. Procedimiento de delitos
- Título XXXI. Relaciones Domésticas Niños
- Título XXXIII. Bibliotecas educativas
- Título XXXV. Elecciones
- Título XXXVII. Morales de seguridad de salud
- Título XXXIX. Seguro
- Título XLI. Trabajo e industria
- Título XLIII. Espíritu
- Título XLV. Vehículos de motor Aeronáutica Embarcación
- Título XLVII. Ocupaciones Profesiones
- Título XLIX. Utilidades Publicas
- Título LI. Bienestar público
- Título LIII. Propiedad real
- Título LV. Carreteras Carreteras Puentes
- Título LVII. Impuestos
- Título LVIII. Fideicomisos
- Título LIX. Asuntos militares de veteranos
- Título LXI. Zanjas de saneamiento de suministro de agua
- Título LXIII. Desarrollo de la fuerza laboral
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Ley de Ohio - Sitios web y fuentes gratuitos: Historia legislativa
Historia legislativa significa los documentos generados cuando el proyecto de ley estaba pasando por el proceso legislativo. Estos documentos pueden brindar información sobre intención legislativa. Son persuasivo en cuanto a la intención legislativa, pero no vinculante para un tribunal.
Cuándo hacer un argumento de intención legislativa
Primero, observe el lenguaje del estatuto en sí. Si el estatuto es ambiguo, el tribunal, al determinar la intención de la legislatura, puede considerar el historial legislativo, el objetivo que se busca obtener, las circunstancias bajo las cuales se promulgó el estatuto y otros factores enumerados en el Código Revisado de Ohio 1.49. Para más información, consulte Kathleen M. Trafford, La importancia de la historia legislativa en las decisiones de la Corte Suprema, 27 Abogado de Ohio, septiembre de 2013, en 27 (a través de HeinOnline). Este artículo proporciona ejemplos de casos en los que los tribunales de Ohio encontraron persuasiva la historia legislativa.
Cómo encontrar el historial legislativo de Ohio:
En pocas palabras, los pasos son:
1. Si comienza con una sección del Código Revisado de Ohio, deberá identificar la legislación que le interesa. ¿Fue la Ley la que creó esa sección del código o una de las leyes que posteriormente enmendó la sección del código? Use un código anotado para encontrar las leyes que crearon o modificaron la Sección del Código Revisado de Ohio que le interesa. (La versión gratuita del Código Revisado de Ohio en Internet contiene algunos antecedentes de promulgación y modificación de la legislación, pero no todos). texto de la sección de código, hay una sección de historial o créditos que enumera esta información. Se parece a esto:
RS y sección 7424 S y ampS 516 73 v 40, y sección 26 GC y sección 2183103 v 65 Bureau of Code Revision, 10-1-53 125 v 887 (Efectivo 7-1-54) 134 v H 494 (Efectivo 7-12-72) 138 v H 654. Ef. 4-9-82.
(La anterior es la sección de historial de la página 2012 del Código revisado de Ohio para la sección 5145.15 del Código revisado de Ohio)
2. Busque documentos de historia legislativa correspondientes a la Ley (Ley de sesión) que le interese. Los documentos de historia legislativa más fáciles de encontrar son el texto de la ley, las diferentes versiones del proyecto de ley a medida que pasó por el proceso legislativo y el Análisis de la Comisión de Servicios Legislativos . Para las leyes de 1997 y posteriores, la página web de la Asamblea General de Ohio tiene documentos de historia legislativa accesibles desde la página de cada proyecto de ley. Si la Ley se aprobó en 1989 o después, un buen lugar para comenzar es Hannah Capitol Connection, una base de datos accesible en la Biblioteca de Derecho de la Universidad de Akron y de forma remota para profesores, estudiantes y personal.
Acerca de los estatutos impresos
En 1854, la legislatura estatal autorizó una comisión para codificar las leyes existentes. El Código Penal y el Código de Procedimiento Penal se completaron en 1856. Los estatutos civiles siguieron en 1879. Las revisiones y recodificaciones posteriores siguieron en 1895 y 1911. En 1925, hubo una reorganización de los estatutos, que todavía sirve como base para nuestro actual estatutos.
Entre los años de 1911 y 1925, no hubo una publicación “oficial” de los estatutos de Texas a pesar de que la legislatura continuó reuniéndose cada dos años para redactar y enmendar leyes.
Para llenar los vacíos en los estatutos oficiales, el editor John Sayles y su hijo Henry Sayles compilaron y publicaron volúmenes no oficiales de los estatutos de Texas en 1914. Llamados "Vernon's Sayles '" por el editor, estos volúmenes contienen el texto de los estatutos, valiosas anotaciones, e índices desde 1911 hasta 1921.
Después de 1925, la evolución de los estatutos de Texas es más complicada. Los estatutos no se reimprimen en su totalidad después de cada sesión legislativa. En cambio, las pocas reimpresiones completas de los estatutos se actualizan con volúmenes suplementarios después de las sesiones legislativas regulares, que ocurren cada 2 años.
El Código Penal revisado suplantó al español Código Penal, que estuvo vigente en Filipinas (entonces colonia del Imperio español hasta 1898) desde 1886 hasta 1930, luego de un intento fallido de ser implementado en 1877. El nuevo Código fue redactado por un comité creado en 1927, y encabezado por el juez Anacleto Díaz, quien luego se desempeñaría en la Corte Suprema. En lugar de dedicarse a una codificación al por mayor de todas las leyes penales de Filipinas, el comité revisó el antiguo Código Penal e incluyó todas las demás leyes penales solo en la medida en que se relacionaran con el Código Penal.
El Código Penal Revisado tipifica como delito toda una clase de actos que generalmente se aceptan como delitos, como quitar la vida, ya sea por asesinato u homicidio, violación, robo y hurto y traición. El Código también penaliza otros actos que se consideran delictivos en Filipinas, como el adulterio, el concubinato y el aborto. Define expresamente los elementos que comprende cada delito, y la existencia de todos estos elementos debe ser probada más allá de toda duda razonable para asegurar la condena.
No todos los delitos en Filipinas están sancionados por el Código. Algunos delitos, como la posesión ilegal de armas de fuego, están sancionados por la legislación especial contenida en las Leyes de la República. Los delitos más notables ahora excluidos del Código Penal Revisado son los relacionados con el uso o tráfico ilícito de drogas, que en cambio están sancionados por el Ley de Drogas Peligrosas de 1972 y luego el Ley integral de drogas peligrosas de 2002. [1] [2]
Un aspecto distinto del Código Penal Revisado se centra en su clasificación de circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes, cuya apreciación afecta la gradación de las sanciones. Las sanciones bajo el Código Penal Revisado generalmente se dividen en tres períodos: el período mínimo, el período medio y el período máximo. Además de establecer los elementos del delito, la fiscalía también podrá establecer la presencia de circunstancias agravantes para fijar la pena en el período máximo, o atenuantes para reducir la pena a su período mínimo. La presencia de circunstancia tanto agravante como atenuante, o la ausencia de tales circunstancias, puede resultar en la imposición de la pena en su mediano plazo. [3]
Varias disposiciones del Código Penal revisado también se han modificado mediante leyes de la República. Una de las enmiendas más importantes se produjo en 1997, con la aprobación de la Ley de la República No. 8353, la Ley contra la violación de 1997. [4] Antes de las enmiendas de 1997, la violación se había clasificado como un delito contra la castidad y se definía como "tener relaciones carnales con una mujer" en circunstancias enumeradas que indicaban falta de consentimiento. [3] Según las enmiendas, la violación se reclasificó como delito contra las personas. La definición se amplió aún más del mero "conocimiento carnal de una mujer" y ahora incluyó "un acto de agresión sexual mediante la inserción de su pene en la boca o el orificio anal de otra persona, o cualquier instrumento u objeto, en el orificio genital o anal de otra persona". . " Circunstancias adicionales por las cuales la víctima sería considerada incapaz de dar un consentimiento válido también se integraron en esta nueva definición de violación. [4]
Con la abolición de la pena de muerte en 2006, la pena más alta posible actualmente en virtud del Código Penal revisado es reclusión perpetua, que va desde los 20 años y 1 día hasta los 40 años de prisión. [3] [5] [6] La pena de cadena perpetua no está prevista en el Código Penal revisado, aunque está impuesta por otras leyes penales, como la Ley general sobre drogas peligrosas. [2]
Establece que la ley se conocerá como el "Código Penal Revisado".
Un artículo preliminar establece cuándo entra en vigor (el 1 de enero de 1932) y dónde se puede hacer cumplir la ley, que incluye el archipiélago filipino, y en un barco o dirigible filipino, entre otros.
Título uno: Delitos graves y responsabilidad penal Editar
El Capítulo Uno define qué es un delito grave, que son actos y omisiones punibles por la ley, ya sea por engaño o por culpa. Define quién es penalmente responsable, si un delito grave se consuma, frustra o intenta, cuándo la conspiración y la propuesta para cometer delitos graves son punibles, qué delitos graves son leves, menos graves y graves.
Los capítulos siguientes enumeran las circunstancias que justifican, eximen, mitigan y agravan la responsabilidad penal.
Título dos: Personas con responsabilidad penal Editar
Este título analiza quiénes son las personas responsables. Estos incluyen a los principales, cómplices y accesorios, y esta última clasificación no se usa para delitos leves.
Título tres: Penalizaciones Editar
Todas las penas relativas a la muerte se conmutan por reclusión perpetua.
Duración del encarcelamiento Editar
- Si se impone descalificación, 12 años y 1 día
- Inhabilitación absoluta temporal y la de inhabilitación especial perpetua del derecho de sufragio
Otras sanciones Editar
- (también una pena leve) (también una pena aflictiva)
- Interdicción civil: Privar al infractor durante el tiempo de su condena de los derechos de patria potestad o tutela.
Sanciones por accesorios Editar
- Descalificación especial perpetua o temporal:
- La privación del cargo, empleo, profesión o vocación afectada
- La inhabilitación para desempeñar cargos o empleos similares a perpetuidad o durante el plazo de la pena según el alcance de dicha inhabilitación.
- Privar al infractor perpetuamente o durante el término de la sentencia, según la naturaleza de dicha pena, del derecho a votar en cualquier elección popular para cualquier cargo público o ser elegido para dicho cargo. Además, el infractor no podrá ocupar ningún cargo público durante el período de su inhabilitación.
- Inhabilitar al infractor para ocupar dicho cargo o ejercer dicha profesión o convocatoria o derecho de sufragio durante el término de la condena.
Título cuatro: Extinción de responsabilidad penal y responsabilidad civil Editar
Extinción de la responsabilidad penal Editar
Aquí se analiza cuándo se extingue la responsabilidad penal. Estos incluyen por muerte del condenado, servicio de la sentencia, por amnistía y por perdón absoluto, entre otros.
Prescripción de delitos Editar
Se discute cuando los delitos ya no pueden ser procesados, desde que el delito es descubierto por la parte ofendida, las autoridades o sus agentes.
Multa Período de tiempo Muerte, reclusión perpetua o reclusión temporal 20 años Sanción correccional, excepto arresto alcalde 10 años Arresto alcalde 5 años Difamación y otros delitos similares 1 año Difamación y calumnia oral 6 meses Infracciones leves 2 meses Título cinco: Responsabilidad civil Editar
La ley establece que "toda persona penalmente responsable de un delito grave también es civilmente responsable".
El código clasifica los delitos en diferentes títulos, cada uno dividido en uno o más capítulos, todos ellos en el Libro Dos del código.
Título uno: Delitos contra la seguridad nacional y el derecho de gentes Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Traición ₱4,000,000 sí Conspiración para cometer traición ₱2,000,000 sí Propuesta para cometer traición ₱1,000,000 sí Espionaje Si un funcionario público sí Todos los otros casos sí Incitar a la guerra o dar motivos para represalias Si un funcionario público sí Si un particular sí Violación de la neutralidad sí Correspondencia con país hostil Si lo prohíbe el gobierno sí Si la correspondencia se llevó a cabo en cifras o signos convencionales sí Si la información proporcionada puede ser útil para el enemigo sí Si la información proporcionada puede ser útil para el enemigo, y el delincuente tiene la intención de ayudar al enemigo sí Vuelo al país enemigo sí Piratería en general y motín en alta mar sí Piratería calificada sí Título Segundo: Delitos contra las leyes fundamentales del estado Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Detención arbitraria La detención no ha excedido los tres días. sí La detención dura más de tres días, pero menos de 15 días. sí La detención es de más de 15 días, pero menos de seis meses. sí La detención ha superado los seis meses sí Demora en la entrega de los detenidos a las autoridades judiciales correspondientes. Igual que las sanciones anteriores para Detención arbitraria. Retrasar la liberación Expulsión sí Violación de domicilio Si se comete durante la noche, o si no se devuelven papeles o efectos que no constituyan evidencia de un delito inmediatamente después del registro realizado por el delincuente. sí Todos los otros casos sí Autorizaciones de búsqueda obtenidas maliciosamente y abuso al servicio de las obtenidas legalmente ₱200,000 sí Búsqueda de domicilio sin testigos sí Prohibición, interrupción y disolución de reuniones pacíficas sí Interrupción del culto religioso Si se comete con violencia o amenazas sí Todos los otros casos sí Ofender los sentimientos religiosos sí Título tercero: Delitos contra el orden público Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Rebelión o insurrección El delincuente promueve, mantiene o dirige ₱20,000 sí Delincuente simplemente participando o ejecutando las órdenes de otros sí Golpe de Estado El delincuente dirige o de alguna manera dirige u ordena a otros sí Si un funcionario público participa o ejecuta instrucciones u órdenes de otros sí Si no es un funcionario público y participa o ejecuta instrucciones u órdenes de otros sí Conspiración y propuesta para cometer un golpe de Estado ₱1,000,000 sí Conspiración y propuesta para cometer rebelión ₱1,000,000 sí Conspiración y propuesta para cometer insurrección ₱400,000 sí Deslealtad de funcionarios o empleados públicos sí Incitar a una rebelión o insurrección sí Sedición Si líder ₱2,000,000 sí Otros participantes ₱1,000,000 sí Conspiración para cometer sedición ₱400,000 sí Incitando a la sedición ₱400,000 sí Acto tendiente a impedir la reunión de la Asamblea y órganos similares 40.000 ₱ a 400.000 ₱ sí Perturbación de procedimientos ₱200,000 sí Violación de la inmunidad parlamentaria sí Asambleas ilegales Si líder sí Si está presente sí Si está presente y armado sí Asociaciones ilegales Si fundadores, directores y presidentes ₱200,000 sí Si los miembros sí Asaltos directos Si el asalto se comete con un arma o contra una persona con autoridad ₱200,000 sí Todos los otros casos ₱100,000 sí Asaltos indirectos ₱100,000 sí Desobediencia a la convocatoria ₱ 40.000 a ₱ 200.000 sí Resistencia y desobediencia a una persona en autoridad. Resistir o desobedecer seriamente ₱100,000 sí No de naturaleza seria ₱ 2,000 a ₱ 20,000 sí Perturbación tumultuosa o interrupción que pueda causar perturbación Si hay una perturbación grave ₱200,000 sí Si la perturbación grave es de carácter tumultuoso sí Si el delincuente hace algún clamor tendiente a incitar a la rebelión o la sedición o en dicho lugar deberá exhibir carteles o emblemas sí Si el delincuente entierra con pompa el cuerpo de una persona que ha sido ejecutada legalmente ₱40,000 sí Uso ilegal de medios de publicación y expresiones ilegales ₱ 40.000 a ₱ 200.000 sí Alarmas y escándalos ₱40,000 sí Entrega de prisioneros de las cárceles Si el delincuente saca de cualquier cárcel o establecimiento penitenciario a cualquier persona confinada en él o debe ayudar a escapar de dicha persona, mediante violencia, intimidación o soborno. sí Si por otros medios sí Evasión de servicio de sentencia Si el convicto escapó sí Si el convicto fue hecho ilegalmente sí Si el convicto violó las condiciones del indulto sí Título cuarto: Delitos contra el interés público Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Falsificación del gran sello del Gobierno de las Islas Filipinas, falsificación de la firma o sello del Jefe del Ejecutivo sí Uso de firma falsificada o sello o sello falsificado sí Fabricación e importación y emisión de monedas falsas. Si la acuñación de Filipinas ₱400,000 sí Si la falsificación es de un país extranjero ₱200,000 sí Mutilación de monedas Con connivencia ₱400,000 sí Sin connivencia sí Falsificar billetes de tesorería o de banco en otros documentos pagaderos al portador de importación y emitir dichos billetes y documentos falsos o falsificados. si el documento es una obligación o garantía de Filipinas ₱2,000,000 sí si el documento es una obligación o garantía de una institución bancaria ₱1,000,000 sí si el documento es una obligación o garantía de un gobierno extranjero ₱1,000,000 sí si el documento es una obligación o garantía de un banco extranjero ₱400,000 sí Falsificación, importación y emisión de instrumentos no pagaderos al portador ₱1,200,000 sí Falsificación de documentos legislativos ₱1,200,000 sí Falsificación por funcionario público, empleado o notario o ministro eclesiástico ₱1,000,000 sí Falsificación por parte de un particular y uso de documentos falsificados ₱1,000,000 sí Falsificación de mensajes inalámbricos, por cable, telegráficos y telefónicos Creación de despacho sí Uso de envío sí Certificados médicos falsos, certificados de méritos o servicios falsos, etc. Si un médico o cirujano, o si un funcionario público ₱200,000 sí Si un particular sí Uso de certificados sí Fabricación y posesión de instrumentos o implementos para falsificación Realización o introducción ₱1,000,000 sí Uso sí Usar nombre ficticio y ocultar el nombre verdadero. Si el delincuente utiliza públicamente un nombre ficticio con el fin de ocultar un delito, evadir la ejecución de una sentencia o causar daños. ₱100,000 sí Si el delincuente oculta su verdadero nombre y otras circunstancias personales ₱40,000 sí Uso ilegal de uniformes o insignias sí Testimonio falso contra un acusado Si el acusado fue condenado a muerte sí si el imputado ha sido condenado a reclusión temporal o reclusión perpetua sí Si el imputado hubiera sido condenado a cualquier otra pena aflictiva ₱200,000 sí Si el imputado ha sido condenado a pena correccional o multa, o ha sido absuelto sí Falso testimonio favorable a los imputados Si la acusación es por un delito grave punible con una pena aflictiva ₱200,000 sí Cualquier otro caso sí Testimonio falso en casos civiles Si el monto es mayor a un millón de pesos ₱1,000,000 sí Si el monto es menor a un millón de pesos o no se puede estimar ₱200,000 sí Falso testimonio en otros casos y perjurio en afirmación solemne sí Ofreciendo falso testimonio como evidencia Depende de las penas por cualquiera de los delitos de falso testimonio. Maquinaciones en subastas públicas sí Monopolios y combinaciones para restringir el comercio Si afecta cualquier sustancia alimenticia, combustible de motor o lubricantes, u otros artículos de primera necesidad. sí Si otros productos o servicios sí Importación y disposición de artículos o mercancías de metales con marcas falsas ₱40,000 sí Subsistencia y modificación de marcas comerciales, nombres comerciales o marcas de servicio ₱ 50 a ₱ 2000 sí Competencia desleal, registro fraudulento de marca, nombre comercial o marca de servicio, denominación de origen fraudulenta y descripción falsa sí Título cinco: Delitos relacionados con el opio y otras drogas prohibidas Editar
Título sexto: Delitos contra la moral pública Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Grave escándalo 1 sí Doctrinas inmorales, publicaciones y exhibiciones obscenas y espectáculos indecentes ₱20,000 sí Prostitución Si reincidente ₱ 20.000 a ₱ 200.000 sí Todos los otros casos ₱20,000 sí Título Siete: Delitos cometidos por funcionarios públicos Editar
Para los propósitos de esta sección, y en cualquier otro lugar cuando se cite, un funcionario público es cualquier persona que participa en funciones públicas del gobierno de Filipinas.
Otros delitos cometidos por funcionarios públicos se incluyen en la Ley de prácticas corruptas y contra la corrupción y otras leyes.
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Suspensión o descalificación Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Emitiendo juicios injustos a sabiendas Descalificación absoluta perpetua sí Sentencia dictada por negligencia Descalificación especial temporal sí Orden interlocutoria injusta Todos los otros casos Suspensión sí Si el infractor ha actuado por negligencia o ignorancia inexcusable y el orden fue manifiestamente injusto Retraso malicioso en la administración de justicia sí Enjuiciamiento de los delitos de negligencia y tolerancia Suspensión sí Traición de la confianza por parte de un abogado o procurador, o revelación de secretos ₱40,000 sí Soborno directo Acepta realizar el delito en relación con sus funciones, en consideración con una oferta No menos del valor del obsequio y no más de tres veces dicho valor. Descalificación temporal especial sí Si el obsequio fue aceptado por el oficial en consideración de la ejecución de un acto que no constituye un delito y el oficial ejecutó dicho acto No menos del valor del obsequio y no más del doble de dicho valor. sí Si el obsequio fue aceptado por el oficial en consideración de la ejecución de un acto que no constituye delito y el oficial no ejecutó dicho acto sí Si el objeto por el cual se recibió o prometió el obsequio fue hacer que el funcionario público se abstuviera de hacer algo que era su deber oficial hacer No menos del valor del obsequio y no más de tres veces dicho valor. sí Soborno indirecto 2 sí Fraudes contra el erario público y delitos similares ₱ 40.000 a ₱ 2.000.000 sí Otros fraudes Descalificación especial temporal en su período máximo a inhabilitación especial perpetua Transacciones prohibidas 40.000 ₱ a 2.000.000 ₱ sí Posesión de intereses prohibidos por un funcionario público ₱ 40.000 a ₱ 200.000 sí Malversación de fondos públicos o propiedad Si el valor es menor a 40.000 pesos Igual al monto de los fondos malversados o igual al valor total de la propiedad malversada Descalificación especial perpetua sí Si el valor es mayor a 40.000 pesos y menor a 1.200.000 pesos sí Si el valor es mayor a 1,200,000 pesos y menor a 2,400,000 pesos sí Si el valor es mayor a 2,400,000 pesos y menor a 4,400,000 pesos sí Si el valor es mayor a 4,400,000 pesos y menor a 8,800,000 pesos sí Si el valor supera los 8,800,000 pesos sí Incumplimiento del oficial responsable de rendir cuentas 40.000 ₱ a 1.200.000 ₱ sí Incumplimiento de un funcionario público responsable de rendir cuentas antes de salir del país ₱ 40.000 a ₱ 200.000 Descalificación especial temporal sí No hacer entrega de fondos públicos o propiedad 5% a 25% de la suma no entregada sí Confabular o consentir la evasión de prisioneros Si el fugitivo hubiera sido condenado por sentencia firme a cualquier sanción Descalificación especial temporal en su período máximo a inhabilitación especial perpetua sí Si el fugitivo no ha sido condenado definitivamente, sino que sólo se ha mantenido como preso de detención Descalificación especial temporal sí Evasión de prisioneros por negligencia Descalificación especial temporal sí Fuga de un preso bajo la custodia de una persona que no sea un funcionario público Igual que la evasión de prisioneros para funcionarios públicos, solo que es un grado menor. Retiro, ocultación o destrucción de documentos Cuando se causa un daño grave ₱200,000 Inhabilitación especial temporal en su período máximo a inhabilitación perpetua sí Cuando el daño no es serio sí Oficial rompiendo el sello ₱400,000 Descalificación especial temporal sí Apertura de documentos cerrados ₱400,000 Descalificación especial temporal sí Revelación de secretos por un oficial. Cuando se causa un daño grave ₱400,000 Descalificación especial perpetua sí Cuando el daño no es serio ₱100,000 Descalificación especial temporal sí Funcionario público que revela secretos de un particular ₱200,000 sí Desobediencia abierta a un juicio ₱200,000 Descalificación especial temporal en su período máximo sí Desobediencia a la orden de los oficiales superiores, cuando dicha orden fue suspendida por el oficial inferior Descalificación especial perpetua sí Denegación de asistencia de un funcionario público Cuando se causa un daño grave ₱200,000 Descalificación especial perpetua sí Cuando el daño no es serio ₱100,000 sí Negativa a dar de baja un cargo electivo ₱200,000 sí Maltrato a los presos Si el propósito del maltrato es obtener una confesión u obtener alguna información del preso ₱100,000 Descalificación especial temporal sí Todos los otros casos sí Anticipación de deberes de un cargo público ₱100,000 Suspensión Prolongar el desempeño de los deberes y poderes de un funcionario público ₱100,000 Descalificación temporal especial en su período mínimo sí Abandono de cargo o cargo de funcionario público En caso de abandono superior evadir el desempeño de las funciones previniendo, enjuiciando o sancionando cualquiera de los delitos sí Todos los otros casos sí Usurpación de poderes legislativos ₱200,000 sí Usurpación de funciones ejecutivas sí Usurpación de funciones judiciales sí Desobedecer la solicitud de descalificación ₱100,000 sí Órdenes o solicitudes de funcionarios ejecutivos a cualquier autoridad judicial ₱100,000 sí Nombramientos ilegales ₱200,000 sí Abusos contra la castidad por parte de funcionarios públicos Si contra la esposa, hija, hermana de pariente en el mismo grado por afinidad de cualquier persona bajo la custodia de dicho alcaide u oficial, Descalificación especial temporal sí Todos los otros casos sí Título octavo: Delitos contra las personas Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Parricidio sí Asesinato sí Homicidio sí Parricidio, asesinato u homicidio frustrado Igual que los castigos respectivos, solo que es un grado más bajo. Muerte causada en una tumultuosa refriega Si no se puede determinar quién mató realmente al fallecido, pero se puede identificar a la persona o personas que causaron lesiones físicas graves sí Si no se puede determinar quién infligió las lesiones físicas graves sí Lesiones físicas infligidas en una tumultuosa refriega Si se infligen lesiones físicas graves a los participantes de las mismas y no se puede identificar al responsable de las mismas Igual que los castigos respectivos, solo que es un grado más bajo. Cuando las lesiones físicas infligidas sean de carácter menos grave y, por tanto, no se pueda identificar al responsable sí Dar ayuda al suicidio Si la persona se suicida con éxito sí Si una persona simplemente asistió sí Si la persona falla en suicidarse sí Descarga de armas de fuego A menos que se trate de un intento o frustración de parricidio, asesinato u homicidio sí Infanticidio Si lo comete la madre del niño con el fin de ocultar su deshonra. sí Si lo cometen los abuelos maternos sí Todos los otros casos Igual que el parricidio o el asesinato Aborto Si se ejerció violencia sobre la persona de la mujer embarazada sí Si sin violencia sobre y sin el consentimiento de la mujer sí Si la mujer consintió sí Aborto involuntario Si se hizo violencia sí Aborto practicado por la propia mujer o por sus padres Si se practica sobre sí misma o se da su consentimiento a otra persona sí Si se practica sobre sí misma para ocultar la deshonra sí Si lo practican sus padres para ocultar su deshonra sí Aborto practicado por un médico o partera y dispensación de abortos Si se ejerció violencia sobre la persona de la mujer embarazada sí Si sin violencia sobre y sin el consentimiento de la mujer sí Si la mujer consintió sí Si el farmacéutico que, sin la prescripción adecuada de un médico, dispensará cualquier aborto ₱100,000 sí Duelo Si el adversario fue asesinado sí Si no se infligieron lesiones físicas sí Desafiando un duelo sí Mutilación Si la víctima fue privada total o parcialmente, o algún órgano esencial de reproducción. sí Todos los otros casos sí Lesiones físicas graves Si la persona lesionada se vuelve loca, imbécil, impotente o ciega sí Si la persona lesionada ha perdido el uso del habla o el poder de oír u oler, o ha perdido un ojo, una mano, un pie, un brazo o una pierna o ha perdido el uso de cualquiera de dichos miembros, o habrá quedado incapacitado para el trabajo sí Si la persona lesionada se hubiera deformado, o hubiera perdido cualquier otra parte de su cuerpo, o hubiera perdido el uso del mismo, o hubiera estado enfermo o incapacitado para el desempeño del trabajo. sí Si las lesiones físicas infligidas hubieren ocasionado la enfermedad o incapacidad laboral del lesionado por más de treinta días. sí Administrar sustancias o bebidas nocivas. Igual que las lesiones físicas graves. Lesiones físicas menos graves Si las lesiones físicas infligidas hubieran causado la enfermedad o incapacidad laboral de la persona lesionada durante 10 días o más sí Si la intención manifiesta de insultar u ofender a la persona lesionada, o bajo circunstancias que agreguen ignominia a la ofensa ₱50,000 sí Infligido a los padres, ascendientes, tutores, curadores, maestros o personas de rango o personas con autoridad del infractor. sí Lesiones físicas leves y maltrato Si el ofensor ha infligido lesiones físicas que incapacitarán a la parte ofendida para el trabajo de uno a nueve días, o requerirán asistencia médica. sí Si ocasionó lesiones físicas que no impidan al ofendido realizar su trabajo habitual ni requieran asistencia médica 4 ₱40,000 Sí, o bien. Si el delincuente maltrata a otro con un hecho sin causar ninguna lesión. Si o bien Violación, cuando el delincuente tiene conocimiento carnal de una mujer Todos los otros casos sí Si se hace con un arma mortal sí Si la víctima se volviera loca sí Si se intenta una violación y se comete un homicidio sí Si se comete violación y homicidio sí Cuando la víctima sea menor de dieciocho (18) años y el infractor sea padre, ascendiente, padrastro, tutor, familiar por consanguinidad o afinidad dentro del tercer grado civil, o cónyuge de hecho del padre de la víctima. sí Cuando la víctima se encuentra bajo la custodia de la policía o las autoridades militares o cualquier institución policial o penal. sí Cuando la violación se cometa a plena vista del cónyuge, progenitor, alguno de los hijos u otros familiares dentro del tercer grado civil de consanguinidad sí Cuando la víctima es un religioso comprometido con una vocación o vocación religiosa legítima y el delincuente lo sabe personalmente. sí Cuando la víctima es un niño menor de siete años sí Cuando el delincuente sabe que está afectado por el Virus de Inmunodeficiencia Humana / Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida o cualquier otra enfermedad de transmisión sexual y el virus o enfermedad se transmite a la víctima. sí Cuando sea cometido por cualquier miembro de las Fuerzas Armadas de Filipinas o unidades paramilitares de las mismas o la Policía Nacional de Filipinas o cualquier agencia de aplicación de la ley o institución penal, cuando el delincuente se aprovechó de su cargo para facilitar la comisión del delito. sí Cuando por el motivo o con motivo de la violación la víctima haya sufrido mutilación física permanente o discapacidad sí Cuando el delincuente tuvo conocimiento del embarazo de la parte ofendida en el momento de la comisión del delito. sí Cuando el infractor supo de la discapacidad mental, trastorno emocional y / o discapacidad física de la parte ofendida sí Violación, si inserta su pene en la boca o el orificio anal de otra persona, o cualquier instrumento u objeto, en el orificio genital o anal de otra persona Siempre que la violación se cometa con el uso de un arma mortal o por dos o más personas sí Cuando por causa o con motivo de la violación, la víctima se ha vuelto loca sí Si se intenta una violación y se comete un homicidio sí Si se comete violación y homicidio sí Actos de lascivia sí Título Nueve: Delitos contra la libertad y la seguridad personales Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Secuestro y detención ilegal grave Si se cometió con el propósito de obtener un rescate. sí Todos los otros casos sí Ligera detención ilegal Si el delincuente liberó a la víctima dentro de los tres días posteriores a la detención, no logró el propósito y antes de los procedimientos en su contra ₱100,000 sí Todos los otros casos sí Arresto ilegal ₱100,000 sí Secuestro y no devolución de un menor Inducir a un menor a abandonar su hogar Si el agresor es el padre del menor ₱40,000 sí Todos los otros casos ₱100,000 sí Esclavitud Si el propósito es el tráfico ilegal sí Todos los otros casos sí Trabajo infantil sí Servicios prestados bajo coacción en pago de deudas sí Abandono de persona en peligro y abandono de la propia víctima sí Abandonar a un menor Si el menor murió ₱100,000 sí Si el menor estuviera simplemente en peligro sí Todos los otros casos sí Abandono de menor por parte de la persona encargada de su custodia ₱100,000 sí Explotación de menores ₱100,000 sí Invasión calificada a la vivienda Si se comete mediante violencia o intimidación ₱200,000 sí Todos los otros casos sí Otras formas de traspaso ₱40,000 sí Amenazas leves sí Otras amenazas leves ₱40,000 sí Coacciones graves ₱100,000 sí Coacciones ligeras ₱15,000 sí Otras coacciones o vejaciones injustas ₱1,000 sí Compra obligatoria de mercadería y pago de salarios mediante tokens. ₱ 40.000 a ₱ 100.000 sí Formación, mantenimiento y prohibición de combinación de capital o trabajo mediante violencia o amenazas. ₱60,000 sí Descubrir secretos mediante la incautación de correspondencia Si los secretos fueran revelados ₱100,000 sí Si los secretos no fueran revelados sí Revelar secretos con abuso del cargo Si los secretos fueran revelados ₱100,000 sí Revelación de secretos industriales ₱100,000 sí Título Décimo: Delitos contra la propiedad Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Robo con violencia o intimidación de personas Si el delito de homicidio se hubiera cometido o cuando el robo hubiera ido acompañado de violación o mutilación intencional o incendio premeditado sí Si se han infligido lesiones físicas graves sí Si se han infligido lesiones físicas sí Si se han infligido lesiones físicas leves sí Todos los otros casos sí Robo frustrado y frustrado sí Bandidaje Si no, los actos no pueden ser castigados con penas más altas. sí Si los actos pueden ser castigados con penas más altas Entonces se seguirán las sanciones más altas. Ayudar e incitar a una banda de bandidos sí Hurto Si el valor supera los 2,200,000 pesos sí Si el valor es mayor a 1,200,000 pesos pero menor a 2,200,000 pesos sí Si el valor es mayor a 20.000 pesos pero menor a 600.000 pesos sí Si el valor es mayor a 5,000 pesos pero menor a 20,000 pesos sí Si el valor es mayor a 500 pesos pero menor a 5,000 pesos sí Si el valor es menor a 500 pesos sí Si el valor es menor a 500 pesos, e ingrese a un predio cerrado o un campo donde se prohíbe el traspaso o que pertenezca a otro y sin el consentimiento de su dueño sí Si valor es menor a 500 pesos, y si delincuente bajo el impulso del hambre, pobreza, etc. sí Robo de la propiedad de la Biblioteca Nacional y Museo Nacional ₱ 40.000 a ₱ 100.000 sí Ocupación de bienes inmuebles o usurpación de derechos reales sobre la propiedad ₱15,000 Alterando límites o puntos de referencia ₱20,000 sí Insolvencia fraudulenta Si un comerciante sí Si no es un comerciante sí Estafa (estafa) Si el valor es superior a 4,400,000 pesos sí Si el valor es mayor a 2,400,000 pesos pero menor a 4,400,000 pesos sí Si el valor es mayor a 1,200,000 pesos pero menor a 2,400,000 pesos sí Si el valor es mayor a 40.000 pesos pero menor a 1.200.000 pesos sí Si el valor es menor a 40.000 pesos sí Otras formas de estafa No menos que el valor de los daños causados sí Estafar a un menor sí Otros engaños, incluida la adivinación. ₱40,000 sí Mudanza, venta o prenda de propiedad hipotecada sí Incendio destructivo sí Otras formas de incendio provocado Circunstancias variables sí Travesuras maliciosas (daños a la propiedad) Si el daño supera los 200.000 pesos sí Si el daño supera los 40.000 pesos, pero menos de 200.000 pesos sí Si el daño es menor a 40.000 pesos sí Otras travesuras Si el daño supera los 200.000 pesos sí Si el daño supera los 40.000 pesos, pero menos de 200.000 pesos sí Si el daño es menor a 40,000 pesos, o si no se puede estimar sí Daños y obstrucciones a los medios de comunicación. Si provocó un accidente sí Todos los otros casos sí Destruir o dañar estatuas, monumentos públicos o pinturas. Destruir o dañar estatuas o cualquier otro monumento público útil u ornamental. sí Destruir o dañar cualquier pintura útil u ornamental de carácter público. ₱40,000 sí Título Once: Delitos contra la castidad Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Suspensión o descalificación Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Adulterio sí Concubinato Si el marido sí Si la concubina La pena será destierro Seducción calificada Todos los otros casos sí Si sedujo a su hermana o descendiente sí Sencilla seducción sí Actos de lascivia con el consentimiento de la parte ofendida sí Corrupción de menores Si un funcionario público Descalificación absoluta temporal sí Todos los otros casos Comercio de esclavos blancos sí Secuestro forzoso sí Secuestro consentido sí Título duodécimo: Delitos contra el estado civil de las personas Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Suspensión o descalificación Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Simulación de nacimientos, sustitución de un hijo por otro y ocultación o abandono de un hijo legítimo Si un médico o funcionario público ₱200,000 Descalificación especial temporal sí Todos los otros casos Usurpación del estado civil Si se hace con la intención de defraudar a la parte ofendida sí Todos los otros casos sí Bigamia sí Matrimonio contraído en contra de las disposiciones legales. Si alguna de las partes contratantes obtiene el consentimiento de la otra mediante violencia, intimidación o fraude sí Todos los otros casos sí Matrimonios prematuros sí Título trece: Crímenes contra el honor Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Difamación significa por escrito o medios similares 40.000 ₱ a 1.200.000 ₱ sí Amenazar con publicar declaraciones difamatorias y ofrecer presentar dicha publicación a cambio de una compensación. 40.000 ₱ a 400.000 ₱ sí Prohibida la publicación de los actos a los que se hace referencia en el curso de los procedimientos oficiales de difamación ₱ 40.000 a ₱ 200.000 sí Calumnia Si de naturaleza insultante sí No de naturaleza insultante ₱20,000 sí Calumnia de hecho Si de naturaleza seria sí No de naturaleza seria ₱20,000 sí Incriminar a una persona inocente sí Intrigante contra el honor ₱20,000 sí Título catorce: Cuasi-delitos (negligencia criminal) Editar
Crimen Circunstancias agravantes, exonerantes y atenuantes La multa no es más de (a menos que se especifique) Arresto menor Arresto alcalde Prisión correccional Prisión mayor Reclusión temporal Reclusión perpetua Muerte Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Min Medicina Max Imprudencia y negligencia Si el acto intencional causó un delito grave sí Si un acto imprudente causó un delito grave sí Si el acto causó daños a la propiedad Una cantidad igual al valor de dichos daños a 3 veces dicho valor. Si un acto imprudente causó algún mal, y si se hubiera realizado con malicia, habría sido un delito leve 3 ₱40,000 Título Quince: Disposiciones finales Editar
Esto incluye disposiciones sobre delitos cometidos antes del código que se aplicarán según las leyes en ese momento, y una cláusula derogatoria.
Tablas de correlación
Si el investigador encuentra una sección del Código General en un caso anterior, una tabla de correlación identificará dónde se codificó esta sección en el Código Revisado de Ohio. También hay tablas que muestran las secciones correspondientes en el Código General y los Estatutos Revisados.
Encontrará tablas de correlación del Código revisado con el Código general en las ediciones de 1953 del ORC, como la Edición de escritorio de Anderson del Código revisado de Ohio, p. 299-fin,
Si desea una tabla de correlación para una edición de ORC posterior a 1953, pruebe el Código revisado de Ohio de Baldwin, Volumen titulado "Constitución, tablas y disposiciones generales de Ohio". Las ediciones anteriores de Baldwin o Page pueden tener gráficos que comparen una versión anterior del Código revisado de Ohio con el Código general.
Hay tablas de correlación del Código General con los Estatutos Revisados en algunas ediciones del Código General, como el Código Anotado de Ohio de Throckmorton.
Código General de Anderson de Ohio, 1910, Pt. 3/4, tiene una tabla de comparación en la página 2983.
Los estatutos revisados de los Estados Unidos: predecesores del código de los EE. UU.
La siguiente es una publicación invitada de Andrew Winston, bibliotecario de referencia legal de la División de Servicios Públicos de la Biblioteca Jurídica del Congreso. & # XA0 Andrew anteriormente proporcionó una entrevista con este bibliotecario legal del estado de Virginia para el blog.
Imagínese investigar la ley estatutaria federal sin utilizar el Código de los Estados Unidos, la codificación oficial, actual y organizada por temas de las leyes federales de carácter general y permanente. Sin el Código de los EE. UU., No sería posible examinar los estatutos federales por tema, lo que es más importante, no sería evidente si una disposición legal todavía está en vigor en su forma original, o si ha sido enmendada o incluso derogada. & # xA0 Sin embargo, los investigadores familiarizados con el Código de EE. UU. saben que se publicó por primera vez en 1926. & # xA0 ¿Qué utilizaron los abogados y otros investigadores legales para encontrar los estatutos federales actuales antes de que se publicara por primera vez el Código de EE. UU.? Durante casi nueve décadas después de la ratificación de la Constitución, quienes necesitaban investigar la ley federal no tenían una codificación oficial de las leyes aprobadas por el Congreso en la que pudieran confiar. Fue solo en la década de 1870 que el Congreso aprobó la primera codificación de los estatutos federales. Este predecesor del Código de los Estados Unidos, publicado por primera vez en 1875, se conoce como el Estatutos revisados de los Estados Unidos.
En 1866, el Congreso autorizó al presidente & # 8220 a nombrar a tres personas, aprendidas en la ley, como comisionados, para revisar, simplificar, ordenar y consolidar todos los estatutos de los Estados Unidos, generales y permanentes en su naturaleza, & # 8221 en efecto. en ese momento (cap.140, 14 Stat.74). & # xA0 La comisión completó su trabajo en 1873, informando su propuesta de revisión de los estatutos federales a la Cámara de Representantes & # 8217 Comité de Revisión de las Leyes (Ralph H . Dwan y Ernest R. Feidler, Los estatutos federales y # 8211 su historia y uso, 22 Minn.L.Rev.1008, 1013 (1938)). & # XA0 Ese comité, sin embargo, decidió que, al preparar su compilación estatutaria propuesta, la comisión había cambiado tanto los estatutos que el Congreso no aceptaría la revisión. & # xA0 El Congreso autorizó posteriormente a un comité conjunto para que destituyera a los comisionados y nombrara a alguien para completar la revisión estatutaria. (cap.241, 17 Stat.579)
El comité conjunto contrató a un abogado de Washington, DC llamado Thomas Jefferson Durant para finalizar la revisión y deshacer los cambios sustanciales que la revisión había hecho a los estatutos. La versión de Durant & # 8217s de la revisión fue autorizada para su publicación por el Congreso el 20 de junio de 1874 (capítulo 333, 18 Stat. 113), y se publicó en 1875. Esta primera edición de la Estatutos revisados a veces se le conoce como el Estatutos revisados de 1873, porque incluía todos los estatutos de carácter general y permanente vigentes a partir del 1 de diciembre de 1873, y en ocasiones como Estatutos revisados de 1874, tal como se convirtió en ley en ese año. (Usaremos la última designación para los propósitos de esta discusión).
los Estatutos revisados de 1874 era una codificación oficial de los estatutos que incluía. Sección 5596 de la Estatutos revisados revocó todos los estatutos federales anteriores aprobados antes del 1 de diciembre de 1873 que fueron cubiertos por la revisión. Además, el acto del Congreso que autoriza la publicación de la Estatutos revisados de 1874 siempre que cuando se promulgue, la Estatutos revisados de 1874 constituiría & # 8220 evidencia legal de las leyes y tratados allí contenidos & # 8221 (cap. 333, 18 Stat. 113)
Poco después de la Estatutos revisados de 1874 fueron publicados, surgieron quejas por errores en el mismo. The American Law Review criticó la Estatutos revisados por no ser una codificación completa de todos los estatutos federales, así como por su uso & # 8220 incómodo y torpe & # 8221 de la numeración secuencial de todas las secciones en el Estatutos revisados de principio a fin (sin la numeración de la sección inicial dentro de los títulos individuales) (Resumen de eventos, 9 am L. Rev. 767, 767-68 (1875)). En diciembre de 1875, el secretario de Guerra William W. Belknap presentó una colección de informes de los jefes de las oficinas del Departamento de Guerra que establecían numerosas correcciones a las partes de la Estatutos revisados de 1874 relacionados con ese departamento. & # xA0 El Congreso autorizó al presidente a nombrar un comisionado para preparar una segunda edición del Estatutos revisados en 1877, para incluir los estatutos promulgados después del 1 de diciembre de 1873 (cap. 82, 19 Stat. 268) A diferencia de la edición de 1874, la Estatutos revisados de 1878 no fueron promulgadas como ley por el Congreso, y constituyeron solo evidencia prima facie de la ley.
En 1880, el Congreso autorizó la publicación de un suplemento a la Estatutos revisados, preparado por el juez William A. Richardson del Tribunal de Reclamaciones. (No. 44, 21 Stat. 308) Este suplemento se publicó en 1881. Diez años después, el Congreso autorizó otro suplemento (cap. 73, 26 Stat. 50) que se publicó en 1891. En 1893, el Congreso aprobó suplementos adicionales para los Estatutos revisados, que se publicará después de cada sesión del Congreso. (cap.167, 27 Stat.477)
Si está interesado en determinar si y en qué medida una disposición de la ley federal originalmente incluida en la Estatutos revisados puede estar todavía en vigor hoy, puede encontrar las secciones de la Estatutos revisados de 1878 se clasificaron en el Código de EE. UU. mediante el uso de la Tabla II del Código de EE. UU. Una versión en línea de la Tabla II está disponible a través de la Oficina del Asesor Jurídico de Revisión de la Cámara de Representantes. También puede encontrar esta tabla en un volumen al final de la versión impresa del Código de EE. UU.
Para determinar qué cambios se pueden haber hecho a una disposición legal incluida en el Estatutos revisados antes de su inclusión en el Código, se puede consultar una obra de referencia titulada Índice de los Estatutos Federales, 1874-1931. Este libro incluye una tabla de derogaciones y enmiendas que enumera cada sección de la Estatutos revisados que fue enmendado o reemplazado por un estatuto posterior, indica la Estatutos de los Estados Unidos en general cita del estatuto de enmienda o derogación, e indica si el cambio constituyó una enmienda o una derogación total o parcial.
Recursos de impresión
Puede encontrar versiones impresas del Estatutos revisados de 1874 y el Estatutos revisados de 1878 en la Biblioteca de Derecho & # 8217s Sala de Lectura. & # xA0 El Estatutos revisados de 1874 fue publicado en dos volúmenes. los Estatutos revisados de 1878 fue publicado como un libro de un volumen, y también como parte del volumen 18 de la Estatutos de los Estados Unidos en general.
Puede buscar versiones impresas del Estatutos revisados en bibliotecas que forman parte del Programa de bibliotecas depositarias federales. & # xA0 Para encontrar una biblioteca depositaria federal en su área, vaya al Directorio de bibliotecas del Programa de bibliotecas depositarias federales, haga clic en & # 8220FDLP Public Page, & # 8221 y haga clic en su estado. & # xA0 Además, puede buscar copias del Estatutos revisados de 1874 y el Estatutos revisados de 1878 en bibliotecas cercanas a usted utilizando el Centro de bibliotecas informáticas en línea & # 8217s WorldCat & # xA0database, que le permite buscar & # 8220 colecciones de bibliotecas en su comunidad y miles más en todo el mundo. & # 8221 Cuando visualiza el registro de un resultado de búsqueda en WorldCat, puede ingresar su código postal en el campo de búsqueda bajo el encabezado & # 8220Buscar una copia en la biblioteca & # 8221 para ubicar las bibliotecas cercanas a usted que contienen el artículo.
Imprima copias de los suplementos al Estatutos revisados Puede ser difícil ubicarlo en bibliotecas. Puede comunicarse con la Biblioteca Legal del Congreso y la Sala de Lectura # 8217s para obtener ayuda en la búsqueda de copias impresas en nuestra colección regular y Colección de libros raros. & # xA0 También puede buscar copias de suplementos en la base de datos de WorldCat descrita anteriormente.
Recursos de Internet
Una copia completa de la edición de 1874 de la Estatutos revisados actualmente no parece estar disponible en línea. Sin embargo, puede encontrar una copia del primer volumen de la Estatutos revisados de 1874 en el sitio web de Internet Archive.
La edición de 1878 del & # xA0Estatutos revisados se puede encontrar en dos lugares en el sitio web de la Biblioteca & # 8217s. & # xA0 El primer lugar es un PDF que está disponible en la sección Material digitalizado en la Biblioteca de derecho & # 8217s Página de informes de investigación y amplificación. & # xA0 Una copia del Suplemento de los estatutos revisados de los Estados Unidos, volumen 1, 2d ed. 1874-1891 está disponible en esta página. & # XA0 También puede encontrar el Estatutos revisados de 1878 sobre Un siglo de legislación para una nueva nación.
Además, ambas ediciones del Estatutos revisados se puede encontrar en la base de datos de investigación legal HeinOnline, que está disponible en la Sala de Lectura de la Biblioteca de Derecho del Congreso y en muchas bibliotecas académicas de derecho, y bibliotecas de colegios y universidades. & # xA0 Los suplementos de 1881, 1891 y 1901 a la Estatutos revisados también están disponibles a través de HeinOnline.
Tenga en cuenta: El enlace http://loc.heinonline.org/loc/ ha sido retirado. & # XA0 Las colecciones previamente accesibles a través de este enlace estarán disponibles en Law.gov. Consulte nuestra página web de proyectos digitales para conocer el estado actual y los nuevos enlaces cuando estén disponibles.
2 comentarios
Excelente post. Había leído acerca de los Estatutos revisados y busqué una comprensión más profunda de ellos. Esta publicación, acompañada por la que destaca la diferencia entre el Código de EE. UU. Y los Estatutos en general, es la razón por la que disfruto de este blog.
Gran trabajo Sr. Winston como siempre.
Los estatutos revisados de 1874, volumen completo, se encuentra en la Biblioteca Nacional de Austria, http://books.google.com/books?id=8Prhyw0MJWoC&pg=PP5
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Historia de la Alaska Organized Retail Crime Alliance (AKORCA)
Soy detective del Departamento de Policía de Anchorage (APD) en Anchorage, Alaska. Comencé como oficial de patrulla en enero de 1997. Cuando respondí a las llamadas de robo en tiendas, comencé a notar cuánta información tenían los Oficiales de Prevención de Pérdidas (LPO) sobre los sospechosos de robo. Me di cuenta de que esta información no se estaba compartiendo con las fuerzas del orden. En septiembre de 2007, me convertí en detective en la Unidad de Robo. Me dijeron que había habido una reunión en el pasado con la policía (LE) y LPO para compartir información y esta reunión fue organizada por un Gerente de Prevención de Pérdidas (LPM) de una tienda local. Después de varios meses de no tener una reunión, le pregunté a mi sargento si podía iniciar una reunión y él estuvo de acuerdo.
El 13 de noviembre de 2008 tuvimos nuestra primera reunión. Las reuniones se llevaron a cabo mensualmente para compartir información sobre los prolíficos sospechosos de robo minorista que habían sido identificados y también compartir fotografías de vigilancia de quienes no habían sido identificados. Estaba recibiendo tanta información de LPO que terminé teniendo principalmente una gran cantidad de casos de robos minoristas. Mantuve las estadísticas durante los primeros 3 años, hasta que salí de la Unidad de Robo. En ese período de tiempo, manejé más de 75 casos de robo minorista. En esos, más de 100 personas fueron arrestadas con más de 300 cargos criminales. Aunque he cambiado de puesto en la APD, sigo facilitando la asociación entre LPO y LE. La asociación ha demostrado ser beneficiosa para las empresas minoristas privadas y LE.
Los beneficios de tener una asociación de LE y LPO van más allá de los arrestos por robos. Como muchos de ustedes saben, las personas que cometen robos minoristas son a menudo las mismas personas que cometen otros delitos como robos, asaltos y homicidios. He podido utilizar el conocimiento que he adquirido al trabajar con LPO para ayudar en varios de estos tipos de delitos. Por ejemplo, pude ayudar con dos casos de homicidio al informar a los detectives del caso sobre los vehículos y los asociados de los sospechosos involucrados. Esta información me la dio la LPO al denunciar un robo porque habían robado de una tienda unos días antes del homicidio. En un caso separado, pude resolver un tiroteo a las pocas horas de que sucediera debido a conocimientos previos que aprendí a través de un caso anterior de robo minorista que investigué.
Hay varios LPO con los que he trabajado de cerca desde la primera reunión. Todos los casos que he investigado con robos minoristas no habrían ocurrido antes de esta asociación con LPO y LE. Los LPO también nos han ayudado a localizar personas con órdenes judiciales pendientes. A veces envío información sobre las personas que LE está buscando y cuando los LPO ven que la persona entra en la tienda, llaman a APD. De hecho, una fuente me dijo que escucharon a algunos reclusos hablar sobre una tienda local que tiene un software de reconocimiento facial porque cada vez que entran a la tienda, los arrestan. Realmente no tienen software de reconocimiento facial. Simplemente compartimos información para que puedan ayudar a encontrar personas con órdenes judiciales o para saber a quién vigilar por un posible robo.
Hay muchos casos en los que hemos trabajado juntos, que nunca hubieran sucedido sin la asociación que tenemos con LPO y LE. Uno que me viene a la mente fue un gran caso iniciado por un LPO con Sportsman's Warehouse. Debido a que dio seguimiento a cierta información que le dio un cliente y me la pasó a mí, finalmente terminamos incautando más de $ 10,000 en mercancía robada del garaje del sospechoso. Era conocido en su vecindario por tener excelentes ventas de garaje. Los vecinos simplemente no sabían que todo era propiedad robada. Esto había estado sucediendo durante años y pudimos ponerle fin.
Al comienzo de nuestra asociación, nos comunicábamos principalmente a través de las reuniones mensuales y el correo electrónico. Ahora también hemos agregado un sitio web para que LE y LPO compartan información: Alaska Organized Retail Crime Alliance (AKORCA). Otro detective y yo ayudamos a administrar el sitio web de AKORCA. Este sitio web permite que los LPO notifiquen a todos los miembros de AKORCA sobre un incidente de inmediato y proporciona un conducto para que los minoristas se comuniquen directamente. También seguimos reuniéndonos con LPO trimestralmente. Hay otras agencias que a menudo participan en nuestro encuentro. Agencias como la Fiscalía, la Fiscalía Municipal, la Justicia Juvenil, los bancos y los Oficiales de Libertad Condicional. Por lo general, asisten a las reuniones entre 20 y 50 personas. El intercambio de información es imprescindible para el éxito de esta asociación. Espero continuar con esta exitosa asociación y recomendaría una asociación similar a otras LE y LPO.
Fechas de apertura de las líneas ORC
Red ORC
de para Compañía original Año de apertura Fecha de apertura km millas İzmir Alsancak St Gaziemir ORC 1858 Diciembre 1860 14,5 9 Gaziemir Seydiköy ORC 1858 Diciembre 1860 1,4 0,9 Gaziemir Torbalı ORC 1860 Diciembre 1860 34.6 21.5 Torbalı Kozpınar ORC 1861 14 de noviembre de 1861 17.7 11.0 Kozpınar Selçuk ORC 1862 Septiembre 1862 10.8 6.7 Selçuk Aydin ORC 1866 1 julio 1866 52.9 32.9 Şirinyer Buca ORC 1860 27 julio 1860 2,5 1,6 Aydin Kuyucak ORC 1881 57 35,4 Kuyucak Sarayköy ORC 1882 1 julio 1882 43,9 27,3 Torbalı Neumático ORC 1883 1 de septiembre de 1883 47,9 29,8 Ödemiş Çatal ORC 1884 24,9 15,5 Sarayköy Dinar ORC 1889 13 de octubre de 1889 144,8 90 Goncalı Denizli ORC 1889 13 de octubre de 1889 9,3 5,8 Civril Sütlaç ORC 1889 29 de diciembre de 1889 31,1 19,3 Ortaklar Söke ORC 1890 1 de diciembre de 1890 22 13,7 Dinar Eğridir ORC 1912 1 de noviembre de 1912 94,3 58,6 Primer tren en Turquía
Existe una confusión con respecto a la fecha de apertura de ORC y, por lo tanto, el primer tren en Turquía. Todas las fuentes coinciden en la fecha de concesión: 23 de septiembre de 1856. Las fuentes discrepan sobre la fecha de apertura. Desafortunadamente, no tuve acceso a fuentes primarias y tuve que trabajar con fuentes secundarias, que ellos mismos no siempre citan fuentes primarias.
30 de octubre de 1858, ya que la fecha de apertura es coherente con:
- Steam en Turquía, Talbot E., Continental Railway Circle, 1981, página 6
- Vagón Yatakli, viajes de vapor turco, Behrend, George Kelly, Vincent Jersey Artists, 1969.
- Población y accesibilidad: un análisis de los ferrocarriles turcos, Kolars, John Malin, Henry J. New York American Geographical Society, Reimpresión de Geographical Review, Volumen LX, No. 2, 1970, Páginas 229-246.
Los tres indican que se utilizan datos de la División de Inteligencia Naval de Gran Bretaña. Esta debe ser la fuente principal.
Sin embargo, las fechas dadas por TCDD (es decir, 1860 como primera fecha) son consistentes con:
- Desarrollo ferroviario en el Imperio Otomano, 1856-1914, Karkar, Yaqub N. Vantage Press, Ann Arbor, 1972 página 66
- Türkiye Demiryollarında Tarihi Olaylar, Işıksaçan Mustafa, Demiryol Dergisi Yayınlarından, Ankara, 1963, página 13.
En cuanto a la rama Seydiköy, la última se contradice al indicar 1866 en la parte superior de la página 13 y 1886 en el medio de la misma página.
Un libro publicado recientemente proporciona una visión interesante. Esto es en "Smyrne et l'Occident, de l'Antiquité au XXIème siècle", Léon Kontente, Yvelines Edition, 2006. pág. 506-510. En resumen, la primera vía se colocó entre septiembre de 1857 y noviembre de 1858; sin embargo, debido a la mala ingeniería y la falta de efectivo, las obras tuvieron que detenerse. La empresa se reorganizó, reanudar las obras en 1859 y se realizó una inauguración formal el 24 de diciembre de 1860, de Alsancak a Torbalı (43 km)
Otro libro reciente, "İzmir Demiryolları"por Nedim Atilla, 2002 indica en la página 63 que la línea entre Alsancak y Torbalı se inauguró el 28 de diciembre de 1860.
Un tren de obra corrió en 1858 sobre una vía temporal para ayudar en el movimiento de tierras realizado para construir la plataforma de la línea. La tierra excavada del corte justo antes de que Şirinyer fuera transportada de regreso a rellenar los pantanos en el área de Alsancak, a unos 6 km. El 23 de marzo de 1858, la entrega de la primera locomotora de construcción dio lugar a una ceremonia local. Según un artículo publicado en Los tiempos, 6 de abril de 1858, los funcionarios fueron llevados de Alsancak a Kemer (entonces Caravan Bridge) en una gira de inspección. Entonces fue el primer tren a vapor en Anatolia. Dado el estado de la ORC en 1858 y 1859, parece imposible que se estableciera un servicio de ingresos durante esos años. En particular, la compañía no tenía material rodante ni fuerza motriz antes de 1860.
De nuevo de acuerdo con Los tiempos, El 9 de septiembre de 1861, los primeros trenes de ingresos ocurrieron en febrero de 1861 entre Izmir y Torbalı, y luego llegaron a Kozpınar, unos kilómetros antes de Selçuk, el 14 de noviembre de 1861. Se organizó una inauguración en esa fecha con varios funcionarios tomados en un tren especial desde Izmir. a Kozpınar. Parece que a Selçuk se llegó en septiembre de 1862.
Se desconoce si se realizó un servicio de ingresos a Gaziemir y Seydiköy antes de diciembre de 1860 o no.
En cualquier caso, este asunto merece ser investigado a fondo. No pudimos celebrar el 150 aniversario por falta de una fecha adecuada, esperemos que se resuelva el problema para el 175 aniversario.
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